·
Expediente: CFP 8349/2016
·
Tipo: DENUNCIA
·
Motivo
Asignación: SORTEO
·
Dependencia
Asignada: JUZGADO CRIMINAL Y CORRECCIONAL FEDERAL 5
·
Denunciantes: MUSSA JUAN RICARDO -
·
Denunciados: RAFECAS DANIEL - FERNANDEZ DE KIRCHNER CRISTINA -
KIRCHNER MAXIMO - Ver todos
·
Delitos: ESTAFA - DEFRAUDACION - INSTIGACION A COMETER DELITO -
FORMULA DENUNCIA.
Señor
Juez Federal: Dr. Pedro Martinez Di Giorgi
Juan Ricardo MUSSA, DNI N°4.705.745, por derecho propio y en calidad
de “pretenso querellante”, constituyendo ambos domicilio procesal en la Av. Callao 569
P.B., Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
junto al letrado que me patrocina, asistido por el letrado que me patrocina, Dr. Rafael
Daniel Ramón Coll abogado
inscripto al Tº 100 Fº 337, del C.P.A.C.F domicilio
electrónico rafaeldanielcollpanico@yahoo.com.ar
20-10724113-3 celular 15-5488-8443, y constituyendo ambos domicilio a los
efectos procesales en la
Av. Callao 569 PB, de esta Ciudad.
I.-PERSONERIA:
Conforme acredito como Presidente con el Acta dela Comisión Directiva de
fecha 08.11.2014, de La “ONG, PASO POR PASO ARGENTINA”, en el
carácter de Presidente de la misma y de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 43
de la Constitución Nacional estoy
legitimado invocando el interés difuso en base a lo señalado por la Corte Suprema de la Nación , en el precedente,
“…Provincia de San Luis contra la Nación ” vengo a asumir su representación de todos
los Argentinos, en estas actuaciones, asistido por el letrado
que me patrocina, el Dr. Rafael Daniel Ramón Coll abogado inscripto al Tº 100
Fº 337, del C.P.A.C.F domicilio
electrónico rafaeldanielcollpanico@yahoo.com.ar
20-10724113-3 celular 15-5488-8443 y constituyendo ambos domicilio a los
efectos procesales en la Av. Callao 569
PB., de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, en la causa N° 8.349/2016 ante V.S. me presento y respetuosamente
digo:
Conforme acredito como Presidente con el Acta de
I- OBJETO:
Que vengo a formular denuncia para que se investigue
los siguientes delitos con el
fin de que investigue V.S. la posible comisión de los delitos configurativas: Por VIOLACION
DE LA ETICA EN
EL EJERCICIO DE LA
FUNCION PUBLICA , NEGOCIACIONES INCOMPATIBLES CON LA FUNCIÓN PÚBLICA , ENCUBRIMIENTO,
COHECHO, TRÁFICO DE INFLUENCIAS,
INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIO PÚBLICO, ASOCIACIÓN ILICITA,
TRAICIÓN A LA PATRIA , Ley 26.734
Art. 5º, Art. 172, 173, 209, 248, 253 Y 258 del CODIGO PENAL ARGENTINO y/o los
que VS. determine se cometieron mediante la respectiva investigación al Juez
Federal Dr. DANIEL RAFECAS, a cargo del JUZGADO CRIMINAL Y
CORRECCIONAL FEDERAL Nº 3 y a los Sres. Cristina Fernández de Kirchner,
Máximo Kirchner, Giselle Kirchner,
Romina Mercado, Julio de Vido,
José Antonio López, Cristóbal
López, Amado Boudou . Alicia Kirchner,
el Presidente del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social
(I.N.A.E.S.), Dr. Patricio GRIFFIN, Alicia Kirchner, el Ex
Presidente del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social
(I.N.A.E.S.), Dr. Patricio GRIFFIN, al Dr. Fernando Jorge TORRES, a las
Cooperativas que participaron en la reparación del Hospital y a los responsables de la firma Mutual
Propyme, cooperativa de crédito, Alejandro Greppi, a las
Cooperativas que participaron en la reparación del Hospital y a los responsables de la firma Mutual
Propyme, a los Directores SANTIAGO RIVA y CARLOS WAGNER de ESUCO S.A.- RIVA S.A. U.T.E. y otros no es inverosímil sostener, que su accionar
encubrió a Funcionarios de distintos estamentos de la actividad pública,
funcionarios que cobran un sustento financiero que sale de la actividad leal
del pueblo, en la tarea de crecer, de ser. Cuando un juez se aparta en el
sostenimiento del manto jurídico, el elemento más importante del orden social
de una república y se encamina a encubrir no solo a personas desleales a la ley
sino a todas y cada una de sus actitudes o fuerzas voluntariosas oscuras, es
casi como presenciar aquella horrenda imagen del cadalso, del indefenso, es
como si se viviera el abandono de una madre en el momento de la lactancia del
hijo.
Ustedes los imputados ayudaron a que actividades
subjetivas desprecien la CONSTITUCIÓN NACIONAL y lo peor es que con esa
actitud, desamparó lo que en ella existe para la protección del soberano. La CONSTITUCION
NACIONAL por si
corresponde le hago recordar que es el documento fundamental por el cual se
orienta una NACION CIVILIZADA. Es un
resumen de principios morales e institucionales y síntesis rectora de esquemas
básicos de gobierno, y dentro de este están los señores jueces, no para socavar
al soberano que lucha y ama su Nación, su Patria, sino para aclamar la ley en
justicia plena. Señor Juez creo que estará de acuerdo, ¿ quién viola la ley
merece un reproche?, en este camino me he ubicado.
Ud. Ha rechazado discrecionalmente todas las acusaciones
que tuvieron y tienen fundamentos jurídicos de indubitables pruebas de cargos
de acuerdo a las Leyes penales y del Código Penal Argentino a los Sra. Cristina Fernández de Kirchner,
Máximo Kirchner, Giselle Kirchner, Romina Mercado, Cristóbal López
Amado
Boudou. Alicia Kirchner, el
Presidente del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social
(I.N.A.E.S.), Dr. Patricio GRIFFIN,
Dra. Alicia Kirchner, el Presidente
del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (I.N.A.E.S.), Dr. Patricio
GRIFFIN, al Dr. Fernando
Jorge TORRES, a las Cooperativas que participaron en la reparación del
Hospital y a los responsables de la
firma Mutual Propyme, cooperativa de crédito, Alejandro Greppi, a las
Cooperativas que participaron en la reparación del Hospital y a los responsables de la firma Mutual
Propyme, a los Directores SANTIAGO RIVA y CARLOS WAGNER de ESUCO S.A.- RIVA S.A. U.T.E. y otros,
dentro de la esfera del Poder Judicial, se
desempeñó irregularmente favoreciendo de forma “manifiesta”, “sospechosa” y en
clara contradicción con los elementos probatorios que fueran acercados al
proceso, resultando ellos de público y notorio conocimiento, a los más altos y
poderosos exponentes de la corrupción política de la República Argentina ,
.a
través de no observar mis declaraciones en sede judicial que hice en el momento
de declarar la ratificación, en las que se pudo y se puede observar la
influencia y accionar del poder político de turno violentando de manera
repulsiva e inconstitucional el principio de la división de poderes consagrado
por nuestra Carta Magna.
III – HECHOS-.
A fin
de dar precisión a la cuestión de hecho sobre la que girará la presente denuncia es
que deberé puntualizar algunas cuestiones de suma relevancia y gravedad.
Como vera
V.S. en las causas que anexo en el presente escrito hay pruebas suficientes
para convalidar la denuncia en este recontó de los hechos que le adelanto en este
escrito, donde le acumulo casi todas las causas que inicie y todas fueron
archivadas, con esto el imputado logro alejar a Cristina Kirchner de las hogueras que la justicia
le presagiaba. No sólo negó que la Presidenta haya
encubierto por él, donde se ve en forma indubitable el
comportamiento de todos los funcionarios del juzgado donde era muy
tedioso asistir a la mesa de entrada me tenían horas, que con mucha voluntad en
busca de la verdad y la justicia hemos esperado no nosotros sino toda la
Sociedad.
a).-
En abril del año 2012 en la ignorancia de saber que el Juez estaba protegiendo
a los Funcionarios, esta causa tiene que ver con un problema personal nos
dilato la causa Nº
2563/2012, y me perjudico a mí, y
a todos los desamparados de los manifiestos delitos que ocurren en la gestión
de administrar lo ajeno.
b).- En abril del año 2012 El Sr.
Rafecas comete un delito gravísimo al ser Juez de la Nación a sabiendas que era
amigo o socio del principal imputado por la causa Ciccone que tenia a cargo en
su juzgado, debía haberse excusado in limine, nos engaño a todos los ciudadanos,
tramó un recorrido lejano al verdadero ITER CRIMINIS, - salvando las
distancias- utilizó la astucia del tero. Avisando y eliminando de cuajo pruebas
que a luz del buen accionar de un juez probo, no hubieren merecido reprobación
alguna. Ud. Prefirió ser un juez lleno de parcialidad – que por lo general es
acompañada con gotas perversas de corrupción-, prefirió ser un abogado privado porque
les daba letra de cómo seguir
contestando al socio de Boudou.. Tuvo diálogos con los Abogados en decenas de mensajes de
texto intercambiados por el juez con un abogado de José María Núñez Carmona , el socio del vicepresidente Amado
Boudou y también investigado en la causa penal que él lleva adelante por
presunto delito en el salvataje de la ex empresa Ciccone. Allí también hubo
participación de los abogados: Ignacio Danuzzo Iturraspe y Diego Pïrota.
c).- 21 DE OCTUBRE 2014
El Sr. Rafecas – Juez de la Nación-, lleno de oscuridad y se
olvidó para lo que existe como juez, que no es sino distribuir dignamente, con
moral la ley, sobre todo defender a los que caen heridos por balas de la
inmoralidad. Un Juez que no actúa a derecho y reprocha a quien delinque, es
semejante a un TRAIDOR A LA PATRIA- si no lo es-. En el expediente se ve claramente
que no hace sino de encubridor manifiesto, como tal se transforma en un mísero
cómplice. Debiera haberse excusado, no se puede ser juez y parte es un dicho
tan popular como cierto, que nunca carece de vigencia cuando SS se desplaza a
herir aun m´pas al herido. Cerró de un plumazo la causa, como si el plexo de la
ley le correspondiere de manera privada. Por cierto no antes sin dar beneficio
a su hermano CAUSA
10529/2007. Dejando de lado valores y requisitos únicos que se subsumen
en la búsqueda de la verdad. Como la INDEPENDENCIA. Ud. Señor Rafecas, encubre
y es cómplice en primer grado. cerró una causa que involucraba a su hermano que
investigaba al organismo por haber entregado millonarios subsidios a la
compañía Laboratorio Argentino de Cine S.A. (LACSA SA) para
que instalase un laboratorio de post-producción audiovisual.
La denuncia presentada por
Cimadevilla consigna que la compañía Zanen Producciones SA, propiedad de Diego Rafecas, fue
también beneficiada por el ex titular del Incaa con nueve millones de pesos en créditos y subsidios.
d). FORMULA DENUNCIA
– SOLICITO SE INTERVENGA JUDICIALEMENTE LAS SOCIEDADES IDEAS S.A. Y HOTESUR
S.A.:
Señor Juez Federal: Dr. Daniel Rafecas
JUAN RICARDO MUSSA, por derecho propio y en nombres de todos
los Argentinos y en representación como Presidente de la ONG, PASO
POR PASO ARGENTINA, con domicilio real en la Av. Quintana 26
Piso 3º Dto. 7 de la ciudad autónoma de Buenos Aires, asistido por el letrado
que me patrocina, Dr. Rafael Daniel Ramón Coll abogado inscripto al Tº 100
Fº 337, del C.P.A.C.F domicilio
electrónico rafaeldanielcollpanico@yahoo.com.ar
20-10724113-3 celular 15-5488-8443, y constituyendo ambos domicilio a los
efectos procesales en la
Av. Callao 569 PB, de esta Ciudad, ante V.S. me presento en la causa Nº 6.785/2010 y respetuosamente
digo:
II.- OBJETO: Que vengo a ampliar la presente denuncia a fin de que se continúe
investigando V.S. la posible comisión de los delitos configurativas de los
delitos: Coacción, Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público, Lavado
Dinero, Asociación Ilícita, Encubrimiento, Cohecho, (Coimas o Retornos)
Extorsión, Falsificación de Declaraciones Juradas de Impuestos, Enriquecimiento
Ilícito, así como también lo que V.S. considere de acuerdo a las pruebas
colectadas, Negociaciones Incompatibles con la Función Pública ,
(art. 168, 172, 174, 210, 248, 253, 265, 266, 292, 293, 305 y 306 del Código
Penal) Nación por las actuaciones de la Presidente de la Sra. Cristina Fernández de Kirchner,
Máximo Kirchner, Giselle Kirchner, Romina Mercado, Cristóbal López y otros, que evaden impuestos, falsificando asientos contables con la complicidad
de los Entes de Recaudación en forma absolutamente irregular y violando
las Leyes, Códigos Penales y la
Ley de Administración Pública, delito de coacción
(art. 149 bis del Código Penal), en razón de la presión que ejerció sobre los
propietarios del Hotel para que se les venda, aunque no querían hacerlo, esto
hace la compraventa fue en forma absolutamente irregular..
e).-
FORMULA DENUNCIA:
Señor Juez Federal: Dr. Daniel Rafecas
JUAN RICARDO MUSSA, por derecho propio y en nombres de todos
los Argentinos y en representación como Presidente de la ONG, PASO
POR PASO ARGENTINA, con domicilio real en la Av. Quintana 26
Piso 3º Dto. 7 de la ciudad autónoma de Buenos Aires, asistido por el letrado
que me patrocina, Dr. Rafael Daniel Ramón Coll abogado inscripto al Tº 100
Fº 337, del C.P.A.C.F domicilio
electrónico rafaeldanielcollpanico@yahoo.com.ar 20-10724113-3 celular 15-5488-8443, y constituyendo ambos domicilio a los
efectos procesales en la
Av. Callao 569 PB, de esta Ciudad, ante V.S. me presento
en la causa Nº
7.314 /2014 y respetuosamente
digo:
I- OBJ ETO.-
Que vengo a interponer la presente denuncia a fin de que se investigue la
posible comisión de los delitos de Incumplimiento
de los Deberes de Funcionario Público (Art. 248 CP), Lavado de Dinero,
Violación a la lucha contra el
lavado de activos y financiación del terrorismo, contra
la Sra. Ministra
de Desarrollo Social de la Nación, Dra. Alicia Kirchner, el Presidente
del Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social (I.N.A.E.S.), Dr. Patricio
GRIFFIN, al Dr. Fernando
Jorge TORRES, a las Cooperativas que participaron en la reparación del
Hospital y a los responsables de la
firma Mutual Propyme, cooperativa de crédito, Alejandro Greppi y otros, conforme los
argumentos y apreciaciones que a V.S. pasó a exponer.-
f).- FORMULA DENUNCIA PENAL.-
Señor Juez Federal: Dr. Daniel Rafecas
JUAN RICARDO MUSSA, por derecho propio y en nombres de todos los
Argentinos y en representación como Presidente de la ONG, PASO POR
PASO ARGENTINA, asistido por el letrado que me patrocina, Dr. Rafael
Daniel Ramón Coll abogado
inscripto al Tº 100 Fº 337, del C.P.A.C.F domicilio
electrónico rafaeldanielcollpanico@yahoo.com.ar
20-10724113-3 celular 15-5488-8443,ambos con el domicilio constituido en la Av. Callao
569 P.B., de esta Ciudad, ante V.S. me presento en la causa Nº
1.302/2013 y respetuosamente digo:
OBJETO:
Que vengo a interponer denuncia contra el Vice Presidente
de la Nación , Sr. AMADO BOUDOU, a fin de que investigue V.S. la posible comisión que pueden resultar
configurativa de los delitos de Incumplimiento de los Deberes de Funcionario
Público (art. 248 y 253 del Código Penal) Abuso de Poder y violación de la
ética Pública gastando dinero en forma absolutamente irregular.
HECHOS:
g).- FORMULA DENUNCIA – SOLICITO SER PRETENSO QUERELLANTE:
Señor Juez Federal: Dr. Daniel Rafecas
JUAN RICARDO MUSSA,
por derecho propio y en nombres de todos los Argentinos y en representación
como Presidente de la ONG, PASO POR PASO ARGENTINA, asistido
por el letrado que me patrocina, Dr. Rafael Daniel Ramón Coll abogado inscripto al Tº 100 Fº
337, del C.P.A.C.F domicilio electrónico
rafaeldanielcollpanico@yahoo.com.ar 20-10724113-3 celular 15-5488-8443, y constituyendo ambos domicilio a los
efectos procesales en la
Av. Callao 569 PB, de esta Ciudad, ante V.S. me presento en
la causa Nº 5773/2015 y respetuosamente
digo:
I.-OBJETO.-
Que en los términos de
los artículos 174 y siguientes del Código Procesal Penal de la Nación , vengo a interponer
denuncia a fin de que se investigue la posible comisión de los delitos de
ESTAFA, MALVERSACIÓN DE CAUDALES PÚBLICOS, LAVADO DE DINERO, COHECHO,
ENCUBRIMIENTO, TRÁFICO DE INFLUENCIAS, INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE
FUNCIONARIO PÚBLICO, ASOCIACIÓN ILICITA, TRAICIÓN A LA PATRIA , Ley 26.734 Art. 5º,
Art. 172, 173, 209, 248, 253 Y 258 del CODIGO PENAL ARGENTINO y/o los que VS.
Determine se cometieron mediante la respectiva investigación, por parte del
Ministro de Planificación Sr. Julio De
Vido, a los Directores SANTIAGO RIVA y CARLOS WAGNER de
ESUCO S.A.- RIVA S.A. U.T.E.
Aquí debo resaltar que
presente una ampliación donde denuncie que los equipos anexado al CENTRO
CULTURAL NÉSTOR KIRCHNER, se habían comprado con un 500 % de sobre facturación,
en el Juzgado los Funcionarios se reían, pero en el mes abril pasado el Ministro
Lombardi explico que una Auditoria había encontrado sobre precio por más 500m %
de esos artículos que denuncie el año pasado.
h).- FORMULA DENUNCIA PENAL.-
Señor Juez Federal: Dr. Daniel Rafecas
JUAN RICARDO MUSSA,
por derecho propio y en nombres de todos los Argentinos y en representación
como Presidente de la ONG, PASO POR PASO ARGENTINA, con
domicilio real en la
Av. Quintana 26 Piso 3º Dto. 7 de la ciudad autónoma de
Buenos Aires, asistido por el letrado que me patrocina, Dr. Rafael
Daniel Ramón Coll abogado
inscripto al Tº 100 Fº 337, del C.P.A.C.F domicilio
electrónico rafaeldanielcollpanico@yahoo.com.ar 20-10724113-3 celular 15-5488-8443, y constituyendo ambos domicilio a los
efectos procesales en la
Av. Callao 569 PB, de esta Ciudad, ante V.S. me presento en
la causa Nº 1622/2014
y respetuosamente digo:
I- OBJ ETO.- Que en los términos de la Ley N º 19.549 Art. 7, y los
artículos 172,174, 248, 250 bis inc. 1, 253, 256 bis, 258, 258 bis, 261 y
262 y siguientes del Código Procesal
Penal de la Nación ,
vengo a interponer formal denuncia a fin de que se investigue la posible
comisión de los delitos de Estafa, Ley de Tratas por trabajo en negro, Lavado
de Dinero, Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público (Art.
248 CP), y/o los que V.S. determine se cometieron mediante la respectiva
investigación contra la
Sra. Ministra de Acción Social de la Nación , Dra. Alicia
Kirchner y al responsable del Instituto de Asociativismo y Economía Social Dr. Patricio
GRIFFIN y otros, conforme los argumentos y apreciaciones que a V.S.
pasó a exponer.-
En
la sospecha de que las actuaciones de los
Sres. DANIEL RAFECAS, Cristina Fernández de Kirchner, Máximo Kirchner, Giselle Kirchner,
Romina Mercado, Julio de Vido, José Antonio López, Cristóbal
López, Amado Boudou . Alicia
Kirchner, Dr. Patricio GRIFFIN, Alicia Kirchner, Dr. Patricio
GRIFFIN, al Dr. Fernando
Jorge TORRES, a las Cooperativas que participaron en la reparación del
Hospital y a los responsables de la
firma Mutual Propyme, cooperativa de crédito, Alejandro Greppi, a las
Cooperativas que participaron en la reparación del Hospital y a los responsables de la firma Mutual
Propyme, a los Directores
SANTIAGO RIVA y CARLOS WAGNER de ESUCO S.A.- RIVA S.A.
U.T.E. y otros puedan resultar
alcanzados por las disposiciones del Código Penal, se formula la presente
denuncia y se solicita a V.S., se inste la pertinente investigación.
IV.- PETITORIO.
a) Se tenga por constituido
el domicilio, por formulada la presente denuncia y se inicie el trámite
judicial correspondiente;
b) Se me autorice a constituirme como parte
querellante de manera oportuna, en mi carácter de ciudadano argentino.
c) Se dispongan las
medidas de prueba pertinente, pendiente, a investigar en relación al hecho
denunciado, citándose oportunamente a los presuntos involucrados, y adoptándose
a su respecto los recaudos procesales que impidan que eludan el accionar de la
justicia o que entorpezcan la investigación.
Tener presente lo
expuesto y proveer de Conformidad,
Proveyendo de Conformidad
SE AFIANZARÁ JUSTICIA.-.
No hay comentarios:
Publicar un comentario